Cancillería
“Para realizar el trámite presencial en la oficina de visas en Bogotá, es un pre requisito diligenciar el formulario de solicitud de visa en línea y adjuntar foto y documentos antes de acercarse a la oficina de la Cancilleria
de Colombia”.
Lo anterior con el fin de minimizar los tiempos de espera de los usuarios en la oficina y, sólo para el caso de los menores de edad, permitirle a sus padres realizar el trámite de solicitud de visa de sus hijos sin
necesidad de presentarlos en la oficina.
Es competencia discrecional del Gobierno Nacional, fundado en el principio de soberanía del Estado, autorizar el ingreso, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional. Sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados
internacionales, el ingreso, permanencia y salida de los extranjeros del territorio nacional se regirá por las disposiciones del Decreto 1067 de 2015.
La visa es la autorización concedida a un extranjero para el ingreso al territorio nacional otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La permanencia es el tiempo durante el cual el extranjero podrá estar en el territorio nacional.
La vigencia será el tiempo comprendido entre la fecha de otorgamiento y la fecha de finalización indicada en la etiqueta de la visa.
Los requisitos para la expedición de las visas se establecerán mediante resolución ministerial.
Haga el registro de solicitud de visa desde su casa u oficina
Recuerde que ahora puede realizar el registro de solicitud de visa en línea a través del siguiente enlace Formulario: Visas.
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